martes, 13 de octubre de 2015

ORIENTACIÓN PROFESIONAL por Carlos Fabal

La LOMCE introduce cambios y modificaciones a la LOE, siendo especialmente relevante para los Orientadores Laborales el campo de las Cualificaciones Profesionales. Existe un gran desconocimiento de estos temas entre los sujetos orientados, surgen asimismo dudas sobre si los estudios o formación que están recibiendo son adecuados, homologables y en definitiva, útiles a posteriori.

Centrándonos ya de lleno en los cambios introducidos por la LOMCE (Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa), en el sistema educativo regulado de base en la LOE (Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación). Entre las novedades que aporta la LOMCE se encuentra la transposición del sistema comunitario de cinco niveles de cualificación, según se indica en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, el cual indica literalmente:  “El Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales (CNCP) es el instrumento del Sistema Nacional de las Cualificaciones y Formación Profesional que ordena las cualificaciones profesionales, susceptibles de reconocimiento y acreditación, identificadas en el sistema productivo, en función de las competencias apropiadas para el ejercicio profesional. El CNCP tiene entre sus principales objetivos posibilitar la integración de las ofertas de formación profesional, adecuándolas a las características y demandas del sistema productivo, y servir de referente para evaluar las competencias profesionales. El CNCP comprende las cualificaciones profesionales más significativas del sistema productivo español. Incluye el contenido de la formación profesional asociada a cada cualificación, con una estructura de módulos formativos articulados en un Catálogo Modular de Formación Profesional. (CMFP). El Instituto Nacional de las Cualificaciones (INCUAL) es el responsable de definir, elaborar y mantener actualizado el CNCP y el correspondiente CMF”.

               A la vista de lo expuesto cabe conocer los cinco niveles que introduce el Catálogo, siendo el Nivel 1 el referido a competencias en un conjunto reducido de actividades de trabajo relativamente simples correspondientes a procesos normalizados, siendo los conocimientos teóricos y las capacidades prácticas a aplicar limitados. Su Nivel 2 engloba competencias en un conjunto de actividades profesionales bien determinadas con la capacidad de utilizar los instrumentos y técnicas propias, que concierne principalmente a un trabajo de ejecución que puede ser autónomo en el límite de dichas técnicas. Requiere conocimientos de los fundamentos técnicos y científicos de su actividad y capacidades de comprensión y aplicación del proceso. El Nivel 3 aglutina competencias en un conjunto de actividades profesionales que requieren el dominio de diversas técnicas y puede ser ejecutado de forma autónoma. Comporta responsabilidad de coordinación y supervisión de trabajo técnico y especializado. Exige la comprensión de los fundamentos técnicos y científicos de las actividades y la evaluación de los factores del proceso y de sus repercusiones económicas. El Nivel 4 comprende competencias en un amplio conjunto de actividades profesionales complejas realizadas en una gran variedad de contextos que requieren conjugar variables de tipo técnico, científico, económico u organizativo para planificar acciones, definir o desarrollar proyectos, procesos, productos o servicios. Finalmente el Nivel 5 agrupa las competencias en un amplio conjunto de actividades profesionales de gran complejidad, realizadas en diversos contextos, a menudo impredecibles, que implica planificar acciones o idear productos, procesos o servicios. Gran autonomía personal. Responsabilidad frecuente en la asignación de recursos, en el análisis, diagnóstico, diseño, planificación, ejecución y evaluación.






http://www.mecd.gob.es/educa/incual/ice_catalogoWeb.html
http://www.cea.es/portal/novedades/2011/formacioncualificacion/


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