La LOMCE
introduce cambios y modificaciones a la LOE, siendo especialmente relevante
para los Orientadores Laborales el campo de las Cualificaciones Profesionales.
Existe un gran desconocimiento de estos temas entre los sujetos orientados,
surgen asimismo dudas sobre si los estudios o formación que están recibiendo
son adecuados, homologables y en definitiva, útiles a posteriori.
Centrándonos
ya de lleno en los cambios introducidos por la LOMCE (Ley Orgánica 8/2013, de 9
de diciembre, para la mejora de la calidad educativa), en el sistema educativo
regulado de base en la LOE (Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación).
Entre las novedades que aporta la LOMCE se encuentra la transposición del
sistema comunitario de cinco niveles de cualificación, según se indica en el
Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, el cual indica
literalmente: “El Catálogo Nacional de
Cualificaciones Profesionales (CNCP) es el instrumento del Sistema Nacional de
las Cualificaciones y Formación Profesional que ordena las cualificaciones
profesionales, susceptibles de reconocimiento y acreditación, identificadas en
el sistema productivo, en función de las competencias apropiadas para el
ejercicio profesional. El CNCP tiene entre sus principales objetivos posibilitar
la integración de las ofertas de formación profesional, adecuándolas a las
características y demandas del sistema productivo, y servir de referente para
evaluar las competencias profesionales. El CNCP comprende las cualificaciones
profesionales más significativas del sistema productivo español. Incluye el
contenido de la formación profesional asociada a cada cualificación, con una
estructura de módulos formativos articulados en un Catálogo Modular de
Formación Profesional. (CMFP). El Instituto Nacional de las Cualificaciones
(INCUAL) es el responsable de definir, elaborar y mantener actualizado el CNCP
y el correspondiente CMF”.
A la vista de lo expuesto cabe
conocer los cinco niveles que introduce el Catálogo, siendo el Nivel 1 el
referido a competencias en un conjunto reducido de actividades de trabajo
relativamente simples correspondientes a procesos normalizados, siendo los
conocimientos teóricos y las capacidades prácticas a aplicar limitados. Su
Nivel 2 engloba competencias en un conjunto de actividades profesionales bien
determinadas con la capacidad de utilizar los instrumentos y técnicas propias,
que concierne principalmente a un trabajo de ejecución que puede ser autónomo
en el límite de dichas técnicas. Requiere conocimientos de los fundamentos
técnicos y científicos de su actividad y capacidades de comprensión y
aplicación del proceso. El Nivel 3 aglutina competencias en un conjunto de
actividades profesionales que requieren el dominio de diversas técnicas y puede
ser ejecutado de forma autónoma. Comporta responsabilidad de coordinación y
supervisión de trabajo técnico y especializado. Exige la comprensión de los
fundamentos técnicos y científicos de las actividades y la evaluación de los
factores del proceso y de sus repercusiones económicas. El Nivel 4 comprende
competencias en un amplio conjunto de actividades profesionales complejas
realizadas en una gran variedad de contextos que requieren conjugar variables
de tipo técnico, científico, económico u organizativo para planificar acciones,
definir o desarrollar proyectos, procesos, productos o servicios. Finalmente el
Nivel 5 agrupa las competencias en un amplio conjunto de actividades
profesionales de gran complejidad, realizadas en diversos contextos, a menudo
impredecibles, que implica planificar acciones o idear productos, procesos o
servicios. Gran autonomía personal. Responsabilidad frecuente en la asignación
de recursos, en el análisis, diagnóstico, diseño, planificación, ejecución y
evaluación.
http://www.mecd.gob.es/educa/incual/ice_catalogoWeb.html
http://www.cea.es/portal/novedades/2011/formacioncualificacion/
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